sábado, 23 de agosto de 2014

Revés judicial para carabinero que multó a capitán ebrio

Tribunal de alzada penquista descartó irregularidades en los procesos sancionatorios aplicados al sargento Bustos Cabrera, quien sostuvo que le fueron impuestos en represalia por denunciar al capitán de Carabineros Alejandro Sáez Ortiz que conducía un vehículo bajo los efectos del alcohol.

Luis Bustos Cabrera
Foto: Reproducción/Facebook
 

La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de protección presentado por el sargento de Carabineros, Luis Bustos, sumariado por el mando de la policía uniformada por el procedimiento en que detuvo y multó a un capitán de la institución que conducía en estado de ebriedad.

 El fallo unánime de la Cuarta Sala del tribunal de alzada penquista -integrada por las ministras María Leonor Sanhueza y Viviana Iza Miranda; además del abogado integrante Hugo Tapia Elorza- descarta irregularidades en los procesos sancionatorios aplicados al sargento Bustos Cabrera, quien sostuvo que le fueron aplicados en represalia por denunciar a capitán de Carabineros -Alejandro  Sáez Ortiz - que conducía un vehículo bajo los efectos del alcohol, en febrero pasado. 

"Que en cuanto a los hostigamientos, amenazas e insultos a que alude el recurrente en su presentación de fojas 12, no existen antecedentes en el proceso que permitan demostrar que los recurridos hayan incurridos en tales actos respecto del Sargento Bustos Cabrera, tratándose de un hecho que aparece controvertido, motivo por el cual la acción en esta parte no puede prosperar ya que no es posible adoptar medidas al respecto", sostiene el fallo.

Captura de video del día del procedimiento
Foto: Reproducción/ 24 Horas

En cuanto a eventuales irregularidades en el proceso de calificación del sargento Bustos, la sala lo desestimó por haber todavía etapas pendientes en dicho proceso.

"En efecto, según consta del aludido instrumento, en sesión llevada a efecto en la fecha antes indicada, la Honorable Junta Calificadora de Apelaciones de Suboficiales y personal civil de la Prefectura de Arauco analizó y revisó la calificación del recurrente, acordándose en esta oportunidad su modificación, quedando clasificado en Lista 2 de satisfactorios, lo que le fue notificado al Sargento Bustos el 6 de agosto de 2014, manifestando su conformidad". dice la setencia.

 “Así las cosas, no se advierte por esta Corte ninguna irregularidad en el referido proceso de calificación que pueda merecer reproche y, en todo caso, ha quedado saneada cualquier posible anomalía con dicha conformidad", agrega la resolución.

En tanto, sobre la sanción que denuncia recibió por haber publicado comentarios en la red Facebook, el tribunal penquista determinó que: "Sobre este particular, cabe señalar que del mérito de los documentos que se encuentran en custodia, se comprueba que la falta que se atribuye al recurrente fue objeto de una investigación sumaria, en la cual fue oído el afectado y formuló sus descargos, estando ejecutoriada la sanción impuesta, sin que se observen irregularidades en su tramitación". 

Asimismo, se descartaron irregulares en una sanción aplicada al sargento Bustos por no asistir a un examen médico.

Terra

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